Deontología profesional

En este artículo hablaremos sobre la Deontología profesional, un tema que usualmente genera confusión.

Definición de la Deontología

Entorno a la deontología profesional existen muchas lagunas. Por lo que creemos que es importante saber identificar de dónde emana y diferenciar la deontología profesional entre la moral, el derecho y la ética profesional.

Etimológicamente, deontología proviene del griego δέον (debido) y λόγος (conocimiento). Es una rama de la ética “profesional” que es la parte de la Filosofía que trata del bien, conformando una serie de normas morales que rigen la conducta de las personas en cualquier ámbito de la vida. Refiriéndose la deontología a la actuación profesional. El término deontología fue introducido por Jeremy Bentham en su obra Deontología o la ciencia de la moralidad, en 1889.

La deontología profesional es el conjunto de normas vinculantes para un colectivo profesional inherente a la ética profesional. La ubicación de la deontología profesional se encuentra entre la moral y el derecho. Las normas y códigos deontológicos son de contenido mínimo. Es decir, señalan el comportamiento mínimo exigible, siendo aprobadas por los profesionales integrantes del grupo profesional en que se da dichas normas o código. 

Finalidad de la Deontología

El ejercicio profesional está regulado desde tres aspectos: la moral, la deontología y las normas. La deontología son esos principios que surgen de un colectivo profesional y lo regulan. La característica fundamental de la deontología profesional es la autorregulación. Es decir, se integra de principios surgidos del colectivo profesional, en concreto, que los asume y “se los da”. Compilándolos en códigos deontológicos. Con la finalidad de plasmar los principios que deben informar el ejercicio profesional.

Toda actividad profesional, para garantizar su eficacia, debe ser controlada socialmente. Esto permite exigir responsabilidades si estos controles se eluden y se producen actuaciones irregulares, siendo por tanto necesario establecer unos principios éticos.

Diferencias entre Ética y Deontología profesional

La deontología no puede confundirse con la ética profesional, ya que la ética profesional queda en el ámbito de la conciencia individual del individuo. El fin que persigue la ética individual y colectiva, es que todo individuo debe quedar sometido a controles sociales que le puedan exigir responsabilidad.

Siendo la deontología profesional el resultado de la aprobación y recopilación de normas de actuación por un colectivo de profesionales. Que fija unos comportamientos debidos. Con carácter mínimo y de obligado cumplimiento. Que se plasma en códigos y normas, y que establece una serie de actuaciones.

Estos colectivos de profesionales deben interiorizar las normas propias de la profesión, conocer cuáles son los códigos deontológicos y cómo se autorregulan las actividades profesionales. Además, estos actores, deberán aplicar en el ejercicio de su profesión, los principios de: beneficencia, autonomía, de justicia y de no maleficencia.

Códigos Deontológicos

Los primeros códigos deontológicos se empezaron a aplicar tras la Segunda Guerra Mundial y la Guerra Fría. Ante la falta de autorregulación moral profesional existente.

Los códigos deontológicos son la forma de autorregulación de las actividades profesionales más habituales. El código deontológico supone el conjunto de criterios del ejercicio de una profesión. Fundamentado en los valores que formulan y asumen quienes llevan a cabo correctamente dicha actividad y que se plasman en normas de obligado cumplimiento. Estos códigos se ocupan de los aspectos éticos del ejercicio de la profesión que regulan.

Los códigos deontológicos cumplen una triple función:

  • Establecen los criterios para el ejercicio de una profesión, desde el punto de vista y criterio del propio grupo profesional. Con independencia de la regulación posterior que establezca el derecho positivo.
  • Unifica los criterios éticos de los profesionales, para el ejercicio de su profesión.
  • Posibilitan la imposición de sanciones disciplinarias a los colegiados que no cumplan con los criterios marcados por el Código Deontológico.

Estos códigos cada vez son más frecuentes en otras actividades y/o profesiones que, aunque no estén reguladas, utilizan estos instrumentos para una autorregulación. Son habituales en numerosas empresas la existencia de códigos de conducta, libros de estilo, estatutos, convenios, etc., tendentes a que un grupo profesional fije su actuación y sus propios límites.

Sin embargo, es importante señalar que la deontología profesional, en aquellas profesiones que no exigen para su ejercicio la colegiación obligatoria, no cumple la misma finalidad en cuanto una actuación colegial, para salvaguardar normas de conducta en el ejercicio profesional. Son autorregulaciones que implican sanciones sociales difusas, que aparte de no llegar al grado de gravedad de la sanción jurídica, no tienen por qué estar necesariamente institucionalizadas.

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